DISPOSICIÓN Nº 2067/GCABA/DGDYPC/11
ESTABLECE FERIA ADMINISTRATIVA EN EL PERÍODO DEL 13 DE JULIO AL 12 DE AGOSTO DE 2011 PARA ATENCIÓN AL PÚBLICO Y PROCESO DE DOCUMENTACIÓN POR OBRA A REALIZARSE EN EL EDIFICIO SITO AVENIDA PATRICIAS ARGENTINAS 277
Buenos Aires, 08 de julio de 2011
VISTO:
La Ley 941, el Decreto N° 551/10 y Ex.640115/10;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 941 del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal ha sido modificada por la Ley 3254 y la Ley 3291;
Que el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 551/10 reglamentario de la ley ut-supra mencionada;
Que el artículo 4° del decreto mencionado ut-supra designa a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley N° 941 -texto conforme Leyes N° 3.254 y 3.291-, quedando facultada para dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la mejor aplicación del citado régimen legal y la presente reglamentación,
Que, por el Decreto N° 1361/00 se creó la Dirección General de Defensa y Protección al consumidor, dependiente actualmente de la Subsecretaría de Atención Ciudadana de Jefatura de Gabinete;
Que, en concordancia con el espíritu de la Ley 941 y su decreto reglamentario N° 706/03, modificadas actualmente por la Ley 3254 y 3291 se dicta el Decreto N° 551/10 Reglamentario de las mismas mediante el cual se designa a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor como máxima autoridad de aplicación con las facultades de vigilancia, contralor y aplicación establecidas en dicha normativa;
Que asimismo dicho reglamento faculta al Director General de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor a dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación y aplicación de la Ley N° 941 y concordantes.
Que atento al Expediente N° 640115/10 el edificio donde funciona el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, Av. Patricias Argentinas 277, CABA, se encuentra en obra por refacciones destinadas a la reestructuración de las áreas que allí funcionan y a la instalación del Centro de Gestión y Participación Ciudadana N° 6 dentro del mismo;
Que lo expuesto incomoda la atención al público e imposibilita el procesamiento de la documentación procedente de la misma;
Que se hace necesario otorgar una feria administrativa sin atención al público evitando el cúmulo de consorcistas y/o administradores dentro de las instalaciones en obra;
Que de tal modo el personal del Registro prestará sus servicios en la organización de las actuaciones existentes y para los casos de suma urgencia (oficios judiciales, requerimientos de Defensoría del Pueblo, etc);
Por ello, y en ejercicio de las facultades legales que le son propias;
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Gallo
Fuente: BOCBA 3707 DEL 18/7/2011
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