lunes, 27 de mayo de 2013

ACTA ACUERDO POR SEPARACION DE RESIDUOS

Ponemos en su conocimiento que la Subsecretaría de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha homologado el acta acuerdo celebrado con fecha 23 de abril ppdo. el que dice: Que en virtud de la nueva reglamentación obligatoria que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha implementado en materia de separación y disposición de residuos domiciliarios a través de la Resolución Nº 251 MAYEPGC/13, en consonancia con la Ley 1854 de gestión integral de residuos sólidos urbanos y del Decreto 639/07 que determina la disposición selectiva de los residuos húmedos y secos, se hace necesario acordar las acciones que los trabajadores/as de edificios de renta y propiedad horizontal deberán realizar respecto del retiro de residuos, en el marco de los arts. 15 y 18 del CCT 589/10: Que la separación de los residuos está prevista para ser efectuada en origen, siendo responsabilidad de los consorcistas su realización. Que el trabajador/a deberá depositar las bolsas de los residuos en los recipientes que sean destinados a tales fines dentro de los edificios y efectuar su posterior traslado hasta los contenedores y/o lugares previstos por el Gobierno de la Ciudad para su retiro. Que la obligación antes señalada se genera solamente en aquellos lugares de la Ciudad de Buenos Aires donde se hayan instalado los contenedores y/o recipientes. Que para las zonas de la Ciudad de Buenos Aires donde ya exista la obligación de disponer los residuos en estos contenedores y/o recipientes se abonarán a los trabajadores/as de edificios los siguientes adicionales: Hasta 25 unidades funcionales $ 150.- Por cada 25 unidades funcionales más, se adicional $ 50 cada vez. Estos adicionales quedarán sujetos a los aumentos proporcionales que se establezcan en las escalas salariales del convenio colectivo de trabajo de actividad. Que también en el marco del presente, las partes acuerdan que para la limpieza de veredas con la utilización de agua, será de uso obligatorio la implementación de elementos de corte de agua, los que deberán ser provistos a los trabajadores/as por los consorcios. El Consejo Directivo Fuente: CAPAHAI

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