sábado, 10 de mayo de 2014

DISP. N° 384/14 DGFYCO - ASCENSORES REGISTRADOS PRÓRROGA HASTA EL 31/7/2014

DISPOSICIÓN N.º 384/DGFYCO/14 Buenos Aires, 29 de abril de 2014 VISTO: la Resolución 66/AGC/13, la Resolución 87/AGC/2013, la Resolución N° 430/AGC/13, la Disposición N° 1050/DFyCO/2013, la Disposición N° 1100/DGFyCO/2013, La Disposición N° 37/DGFYCO/2014, el Expediente Electrónico N° 4371958/2013 y; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 430/AGC/2013, de fecha 17/09/2013, se encuentra aprobado el proyecto "Ascensores Registrados" a cargo de esta Dirección General de Fiscalización y Control de Obras; Que la Disposición N° 1100/AGC/2013 establece en su ANEXO III, el pago de la tasa que contempla la Ley Tarifaria para cada elevador existentes y futuros; Que la mencionada Disposición no establece plazo de exigibilidad sobre el pago de la tasa para los elevadores ya existentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que resulta necesario fijar modalidad y vencimiento del plazo para su cancelación y/o pago; Que debe establecerse la fecha calendario que determine la exigibilidad anual de dicha tasa; Que asimismo, resulta necesario establecer la modalidad y el tiempo en el que será aplicable la tasa para las instalaciones futuras de elevadores; Que mediante Disposición N° 37/DGFYCO/2014 se prorrogó por única vez hasta el 30 de abril de 2014 como último día para efectuar el pago de la tasa establecida en el artículo 24 por la Ley Tarifaria 2014; Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS DISPONE Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de julio de 2014 inclusive como último día, para efectuar el pago de la tasa establecida en el artículo 24 por la Ley Tarifaria 2014. Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notifíquese. Alonso FUENTE: BOCBA del 30/4/2014

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